En un contexto judicial como el actual, caracterizado por el colapso generalizado que sufren los órganos judiciales civiles y mercantiles, largos procedimientos e infinidad de recursos, elevadas tasas judiciales, y, conflictos complejos que surgen en una sociedad moderna; Estudio Jurídico V MACHADO apuesta decididamente por los sistemas alternativos de resolución de conflictos.
Con la aprobación de la Ley 5/2012 de 6 de julio, la mediación ha cobrado una importancia creciente en nuestro ordenamiento, configurándose como un instrumento económico, complementario y alternativo a la Administración de Justicia, que le permitirá alcanzar una solución ajustada a sus necesidades.
Entre las ventajas de la mediación es de destacar su capacidad para dar soluciones prácticas y efectivas, rentables, rápidas y confidenciales, a determinados conflictos entre partes, y ello la configura como una alternativa al proceso judicial o a la vía arbitral.
A modo de referencia, presentamos a continuación una relación de supuestos habituales en que se solicita con mayor frecuencia la mediación: arrendamientos, comunidades de propietarios y familia.
Arrendamiento
1.-Los contratos de ARRENDAMIENTO dan pie a conflictos que se derivan de discrepancias relacionadas con:
- Reparaciones y mantenimiento de la vivienda
- Repercusión de gastos
- Duración y renovación del contrato
- Incrementos de la renta
- Ejercicio del derecho de adquisición preferente
- Desistimiento unilateral por parte del inquilino
- Derecho de subrogación
- Devolución de la fianza
- Permiso para realización de obras
- Incumplimientos en el pago de la renta
- Subarriendos irregulares
- Procesos de desahucio
- Quejas por parte de los vecinos
Comunidades de propietarios
2.-Las relaciones entre los vecinos que conforman las COMUNIDADES DE PROPIETARIOS son también origen de conflictos bastante frecuentes, que vienen derivados de:
- Impagos de cuotas de comunidad
- Negativa al pago de derramas
- No aceptación de cargos comunitarios
- Actividades molestas realizadas por algunos vecinos
- Discrepancias entre los propietarios de pisos y los de lonjas, garajes, etc.
- Incapacidad de adoptar acuerdos
- Discusión sobre las cuotas de participación en gastos
- Uso indebido de elementos comunes (ascensor, escalera, patios, etc.)
- Obras o reformas sin solicitud de permiso previo (cierres de balcones o terrazas; colocación de antenas; tendederos de ropa en fachada, etc.)
Familia
3.-En el ámbito de la FAMILIA es habitual la existencia de los denominados conflictos familiares, que se deriven o sean consecuencia de las relaciones paterno-filiales y familiares y que surge entre: cónyuges, parejas de hecho (estables o no), padres e hijos, abuelos con nietos. El objeto del conflicto familiar ha de estar relacionado con cuestiones tales como el:
- Ejercicio de la patria potestad, guarda y custodia
- Régimen de visitas
- Régimen de pensiones
- Uso del domicilio familiar
- Disolución de bienes gananciales o en copropiedad, cargas y ajuar familiares
La mediación está construida en torno a la intervención de un profesional neutral y especialista, el mediador, que facilita la resolución del conflicto por las propias partes, de una forma equitativa, permitiendo el control sobre el final del conflicto.
En Estudio Jurídico V MACHADO nos hemos especializado en la mediación civil – familiar y mercantil. Si está interesado en someter una controversia a mediación, no dude en solicitarnos asesoramiento.
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